Huelga decir que en el Código de Derecho Canónico, en su capítulo IX, es en el cual se regula el matrimonio y se trata la separación de los cónyuges. Y es en este mismo apartado en el que se regulan los dos supuestos que pudieran parecer similares, pero que, no obstante, son completamente distintos, y referimos a la disolución del vínculo y a la separación permaneciendo el vínculo.
¿A qué nos referimos cuando hablamos de nulidad matrimonial?
Para una mejor comprensión, antes de iniciar nuestra andadura por la temática cabrá destacar la diferencia entre nulidad matrimonial, y otros conceptos que pudieran interferir en confusiones como pudieran ser los términos de separación o disolución del vínculo. Seremos precisos. Cuando hablamos de nulidad matrimonial nos referimos a que el vínculo conyugal no se ha dado, no existe. Con lo cual, los derechos y deberes conyugales no han surgido. En cambio, cuando hablamos de disolución del matrimonio, en este caso, sí que existe un vínculo conyugal; pero que dada la disolución quedará disuelto, por lo tanto, hay una ruptura del vínculo, ya sea por la muerte de los cónyuges, o bien en alguno de los supuestos de excepción regulados en el orden canónico. Por su parte, cuando nos referimos a la separación conyugal, referimos también a que previamente existió vínculo conyugal, y que dado dicho proceso, se produce una suspensión de los derechos y deberes conyugales, eso sí, no existiendo la supresión del vínculo conyugal.
Causas del divorcio
Dicho esto, referiremos ahora a las causas justas de separación, y es que sabedores de que los derechos y deberes conyugales en el sentido estricto, se debieran tener en cuenta los principios informadores de la vida matrimonial, es decir, las directrices generales del comportamiento de los cónyuges. A partir de los principios marcados que versan en la fidelidad entre los cónyuges, perfeccionamiento material y corporal, perfeccionamiento espiritual, vivir juntos, tenderse al bien material y espiritual de los hijos nacidos.
Separación temporal o perpetua
El tiempo de la separación puede ser tanto temporal como perpetua, aunque cabe destacar que la causa única que pudiera dar lugar a una separación perpetua es el adulterio como así regula el cfr. Canon 1152. Por otro lado, por lo que respecta a otras causas, el Código del derecho canónico enuncia genéricamente, pueden devenir en una separación temporal, es decir, la que permanece mientras subsiste la causa
Para iniciar dicha nulidad matrimonial, deberemos atender a que se debe fundamentar en alguna de las circunstancias que rodea al matrimonio y que se regulan en el Derecho Canónico, en tanto que factores que llevan a ese efecto. Dichos elementos se engloban en impedimentos, defectos del consentimiento matrimonial y defectos de forma canónica. Para mayor información sobre este asunto acudan al enlace adjuntado.
Conoce a los mejores abogados especializados en nulidades matrimoniales por ciudades:
https://top-abogados.es/city/a-coruna_501/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/alava_445/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/albacete/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/alicante/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/almeria_648/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/asturias/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/badajoz/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/baleares/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/barcelona/nulidades-eclesiasticas
https://top-abogados.es/city/barcelona/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/burgos/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/caceres_371/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/cadiz/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/cantabria/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/castellon/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/cordoba/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/cuenca/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/girona/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/granada/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/guipuzcua_269/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/huelva/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/huesca/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/jaen/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/la-rioja/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/las-palmas/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/leon_428/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/lleida/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/lugo/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/madrid/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/malaga/nulidades-eclesiasticas
https://top-abogados.es/city/murcia/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/navarra/nulidades-eclesiasticas
https://top-abogados.es/city/ourense/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/palencia/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/pontevedra/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/sabadell/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/salamanca/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/santa-cruz-tenerife_577/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/segovia/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/sevilla/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/tarragona/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/teruel/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/toledo/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/valencia/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/valladolid/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/vizcaya/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/zamora/nulidades-eclesiasticas/
https://top-abogados.es/city/zaragoza/nulidades-eclesiasticas/
Las causas de la nulidad matrimonial